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Convenio de gestorías administrativas 2026: salarios, jornada y vacaciones
Actualizado: 5 de octubre de 2026
El IX Convenio colectivo estatal de gestorías administrativas regula las relaciones laborales en todas las gestorías administrativas de España y en sus organizaciones colegiales. Se publicó en el BOE el 30 de agosto de 2024 y tiene tablas salariales para 2024, 2025 y 2026.
Tablas salariales de 2026
Salarios mínimos anuales, repartidos en 14 pagas:
| Categoría | 2026 |
|---|---|
| Titulado Superior | 26.360,02 € |
| Titulado Medio | 24.849,93 € |
| Coordinador / Jefe administrativo / Jefe técnico | 21.703,62 € |
| Oficial 1.ª / Técnico Senior | 20.109,56 € |
| Oficial 2.ª / Técnico Junior | 18.375,58 € |
| Auxiliar administrativo / Ayudante técnico | 16.842,85 € |
| Ordenanza y personal de limpieza | 16.842,85 € |
Las tablas de 2025 y 2026 suben un 3% cada año. El convenio añadía un 1% más a la tabla de 2026 si el IPC de diciembre de 2025 superaba el 3%. Fue del 2,9%, así que estos importes no cambian.
Ojo con el salario mínimo: el salario mínimo interprofesional de 2026 es de 17.094 € al año (1.221 € en 14 pagas). Los 16.842,85 € del convenio para auxiliares quedan por debajo, así que a esas categorías se les paga como mínimo el SMI.
Pagas extraordinarias
Dos pagas de treinta días de salario, en verano y en Navidad, que se abonan como tarde el 15 de julio y el 22 de diciembre. La empresa puede prorratearlas cada mes.
Jornada
- Máximo de 1.780 horas de trabajo efectivo al año.
- Descanso semanal de 48 horas seguidas, que se recomienda que sea sábado y domingo; la tarde del sábado y el domingo son siempre de descanso.
- Jornada continua en verano durante dos meses seguidos, uno de ellos agosto.
- En periodos de máxima actividad, la empresa puede distribuir la jornada de forma irregular, sin pasar de 48 horas semanales, horas extraordinarias incluidas.
- 14 festivos al año.
Vacaciones
22 días laborables al año (el sábado no cuenta como laborable), preferentemente en julio, agosto o septiembre y de común acuerdo. Se pueden dividir en dos periodos, y las fechas se conocen con dos meses de antelación.
Horas extraordinarias
Se compensan, preferentemente, con el mismo tiempo libre retribuido en los tres meses siguientes. Si no, se pagan como la hora ordinaria más un 50%.
Periodo de prueba
- Grupo I (titulados): seis meses.
- Grupos II y III: dos meses.
- Grupo IV: quince días.
Bajas: complemento de la incapacidad temporal
- Accidente de trabajo o enfermedad profesional: la empresa completa hasta el 100% del salario desde el primer día, hasta 18 meses.
- Enfermedad común o accidente no laboral con hospitalización: también el 100% desde el primer día, hasta 18 meses.
- Sin hospitalización: hasta el 60% del día 1 al 3 (como máximo 12 días al año), hasta el 75% del día 4 al 20, y hasta el 100% desde el día 21 y hasta un año desde el inicio de la baja.
Desplazamientos
0,26 € por kilómetro con vehículo propio autorizado. Dietas de 15 € con una comida fuera y de 28 € con dos, pernoctando en casa. Si hay que dormir fuera, la empresa paga alojamiento y desayuno, hasta un hotel de tres estrellas.
Qué pasa en 2027
El convenio dura hasta el 31 de diciembre de 2026. Si ninguna de las partes lo denuncia con al menos tres meses de antelación, se prorroga de año en año. Si se denuncia, sigue en vigor mientras se negocia el nuevo. Además, si el IPC de 2026 supera el 3%, la tabla de 2026 sube un 1% con efectos del 1 de enero de 2027.
¿Se aplica a tu despacho?
Se aplica a las gestorías administrativas. Si tu despacho es una asesoría fiscal o contable que no es gestoría administrativa, comprueba qué convenio le corresponde: puede ser otro, como el de oficinas y despachos de tu provincia.
Lo que cuesta un empleado
A estos salarios se suman las cotizaciones de la empresa a la Seguridad Social: un Oficial 1.ª cuesta unos 26.575 € al año (el cálculo completo). Con la calculadora de ahorro puedes ver cuánto de ese tiempo se va en trabajo manual.
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