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Cómo corregir una declaración ya presentada: la autoliquidación rectificativa
Actualizado: 2 de octubre de 2026
Para corregir una declaración ya presentada había dos caminos: la complementaria, si salía a pagar más, y la solicitud de rectificación, si salía a pagar menos. En el IVA, la Renta y el Impuesto sobre Sociedades, ahora hay uno solo: la autoliquidación rectificativa.
Qué cambió
El Real Decreto 117/2024 estableció la autoliquidación rectificativa como vía única para corregir una autoliquidación anterior, sea cual sea el resultado, en sustitución del sistema de complementaria y solicitud de rectificación.
En qué modelos
- Modelo 303, IVA.
- Modelo 100, Renta, a partir de las declaraciones del ejercicio 2024.
- Modelo 200, Impuesto sobre Sociedades, para los periodos que empiezan a partir del 1 de enero de 2024.
Para otros modelos, conviene comprobar en sus instrucciones si ya admiten la autoliquidación rectificativa.
Cómo se presenta
Con el mismo modelo, marcando la casilla de autoliquidación rectificativa. En el 303, además, se indica el número de justificante de la declaración que se corrige.
Si sale a pagar más
Si la corrección se presenta dentro del plazo de la declaración original, no hay recargo. Si se presenta después, sí (cuánto). Por eso compensa detectar antes lo que falta (cómo).
Cómo ayuda Gestoly
Gestoly gestiona cada corrección como su propio caso, con su estado y su justificante, sin rehacer la declaración original.
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